El Banco de España y
la inflación
A la vez que se conocía el mal dato de los
precios en octubre, el Banco de España comenzaba
a entonar su cantinela preferida: la culpa de todo rebrote inflacionista la
tienen las retribuciones de los trabajadores y más concretamente la cláusula de
revisión salarial. Respecto a esta monserga, poco importa qué partido esté en
el poder y quién sea el gobernador del Banco de España. De ahí la inútil
polémica acerca de la independencia de este cargo. Todos son, y si no lo eran
terminan por hacerse, de derechas, fieles adictos del neoliberalismo económico
más rabioso.
Uno de los grandes borrones de la política
económica, tanto de este Gobierno como del anterior, ha sido la evolución
negativa de los salarios, que ha hecho que por término medio los trabajadores,
lejos de beneficiarse del crecimiento de la economía, hayan perdido poder
adquisitivo. Las estadísticas son claras al respecto, e indican cómo los salarios españoles han sido los que menos han
crecido de
Si el discurso económico está repleto de
falacias, será seguramente en todo lo referente a la inflación cuando los
sofismas se hacen más presentes. Mentira tras mentira, muchas de ellas
contradictorias entre sí, (pero eso poco importa) se van acumulando hasta
construir un edificio ciertamente asentado sobre arena, pero que se mantiene a
fuerza de repeticiones constantes.
Desde la oposición, desde algunos servicios
de estudios y desde las asociaciones empresariales se critica la subida de los
precios por el efecto perverso que va a tener sobre el consumo. Conviene matizar tal aseveración. La
incidencia negativa no afecta a todos los consumidores. La inflación no
perjudica a todos por igual. Algo que no se suele decir es que detrás de los
precios están los beneficios empresariales, que son los que van a verse
favorecidos. Los empresarios, los dueños de las empresas, en general los
poseedores de las rentas de capital, salen agraciados y, por lo tanto,
es muy dudoso que reduzcan sus gastos. Son los trabajadores los únicos
damnificados y los que tendrán que aminorar su consumo. Pero para ser exactos
habrá que afirmar que la verdadera causa de tal disminución se encuentra no
exclusivamente en los precios sino en que su tasa de crecimiento es mayor que la de los salarios.
En una economía cerrada la subida de los
precios tendría un efecto neutro siempre que su
incremento fuese igual y uniforme en todo los artículos (incluyendo los
salarios como precio del trabajo y el tipo de interés como precio del capital).
El efecto nocivo de la inflación radica en que se distribuye de forma irregular
según sea el tipo de renta y en que resulta imposible que el aumento de los
precios sea igual en todos los países.
En el caso de España
los factores negativos hay que buscarlos, en primer lugar, en el diferencial de
inflación que mantenemos año tras año con respecto a las otras economías
europeas, lo cual nos hace perder permanentemente competitividad,
competitividad que desde nuestra permanencia en la moneda única no podemos
recuperar por medio de las devaluaciones tal como era tradicional en el pasado.
El resultado es un desorbitado déficit exterior que se incrementa cada año y del que difícilmente
vamos a salir. En segundo lugar, hay
que buscarlos también en que los
salarios no evolucionan al mismo ritmo que los precios y las rentas del trabajo
salen gravemente perjudicadas. Es una
ironía que el Banco de España desee que lo sean aún más por el procedimiento de eliminar la cláusula
de revisión salarial allí donde existe, que por supuesto no se extiende a todos
los trabajadores.
El Banco de España arremete contra la
cláusula de revisión de los convenios culpabilizándola de que los salarios se
pacten sobre la inflación pasada y no sobre la inflación prevista. Pero
precisamente es todo lo contrario y así lo ha tenido que reconocer el propio
vicepresidente económico. La existencia de la cláusula de revisión permite
pactar la subida de las retribuciones de acuerdo con la previsión de
incrementos de precios; los trabajadores dan un voto de confianza a los
empresarios y solo cuando estos no cumplen, es decir cuando la inflación se dispara
y sobrepasa la previsión inicial (desviación que de ningún modo se puede
achacar a los trabajadores, puesto que sus retribuciones se han incrementado
únicamente en lo previsto), es cuando actúa la cláusula de revisión para
restituir el equilibrio que había roto el incremento excesivo de los precios.