Protección
familiar
En el último Consejo de Ministros se aprobó,
según dicen, un plan para la protección de la familia. No sé muy bien cómo se
materializa la aprobación de un plan por el Gobierno. Cabría esperar que los
programas y planes fuesen presentados por los partidos políticos en las
campañas electorales; pero una vez en el poder aprobasen, mas bien, leyes y
decretos, es decir, tomasen medidas y acometiesen actuaciones.
Pues, he aquí que no. Al menos en España,
desde hace bastante tiempo, los ministros se dedican reiterativamente a
contarnos los planes que van a emprender, y cualquier medida antes de ser
efectiva ha sido aprobada en múltiples ocasiones por el Consejo de Ministros,
formando parte de un plan. Y es que los planes tienen la ventaja que se pueden
aprobar una y otra vez, y así obtener una mayor rentabilidad política. Además,
no precisan concretarse en el Boletín Oficial del Estado, con lo que pueden ser
etéreos y por consiguiente irrebatibles.
El Partido
Popular está vendiendo a diestro
y siniestro su flamante plan
sobre la protección
a la familia. Hay que
reconocer que la familia ha
sido siempre una institución muy querida de la derecha española. No obstante, España se encuentra a
una gran distancia
del resto de
los países europeos en la
cuantía de recursos públicos dedicados a la protección
familiar: tan
sólo el 0,4% del PIB frente al 2,2% a que asciende,
como media, en la Unión Europea. Bien es verdad que tal desfase no es propiedad
exclusiva de este concepto, más bien se puede aplicar a todas las partidas del gasto
social.
El plan
que ahora presenta
el Gobierno dista mucho de corregir tamaña
situación. Aún cuando las medidas están
sin concretar, y todo
se reduce a
vagas promesas, se vislumbra que va a incidir
en la misma
orientación errónea que hasta ahora
ha venido rigiendo
esta materia. La cicatería aplicada a la
hora de determinar las prestaciones sociales, contrasta
con la liberalidad
con que se
fijan las
exenciones fiscales para este mismo
objetivo.
Alguien podría
afirmar que resulta indiferente el modo utilizado
para proteger socialmente a la familia. ¿Acaso
no da igual que la ayuda
se canalice mediante subvenciones o a través
de deducciones o exenciones fiscales en el impuesto sobre
la renta? Pues
no, la
diferencia es notoria. Al ser el
IRPF un impuesto
progresivo, las exenciones y desgravaciones
fiscales tienen un carácter regresivo, normalmente se termina ayudando en mayor medida
a los contribuyentes
de rentas altas.
La situación
actual es sin
duda paradójica. Mientras una familia
con dos hijos
y recursos anuales inferiores a 1.288.653 (por
encima de esta
cantidad no se cobra prestación
alguna) recibe de la seguridad
social una ayuda anual que
no llega a
las 100.000 pesetas, otra
familia también con dos hijos e
ingresos superiores a once millones deduciría fiscalmente por este concepto
casi 230.000 pesetas.
La mayoría
de las medidas
anunciadas por el Gobierno apuntan
en la misma
dirección: mayores deducciones fiscales, y
por supuesto rebajas en las
cotizaciones sociales de los empresarios. El plan
se reduce a
mucho ruido y pocas nueces. Ningún gobierno, ni éste, ni los
anteriores, puede vanagloriarse de sus actuaciones
en pro de
la protección familiar. Es
lamentable que España no haya
ratificado dos instrumentos internacionales tan básicos como son el Código
Europeo de Seguridad Social (revisado), que establece como cifra mínima destinada a la protección
familiar el 1,5% del
PIB, y
la parte correspondiente a protección familiar
del Convenio 102 de la OIT
que supondría probablemente un gasto similar.