Protección familiar

En el último Consejo de Ministros se aprobó, según dicen, un plan para la protección de la familia. No sé muy bien cómo se materializa la aprobación de un plan por el Gobierno. Cabría esperar que los programas y planes fuesen presentados por los partidos políticos en las campañas electorales; pero una vez en el poder aprobasen, mas bien, leyes y decretos, es decir, tomasen medidas y acometiesen actuaciones.

Pues, he aquí que no. Al menos en España, desde hace bastante tiempo, los ministros se dedican reiterativamente a contarnos los planes que van a emprender, y cualquier medida antes de ser efectiva ha sido aprobada en múltiples ocasiones por el Consejo de Ministros, formando parte de un plan. Y es que los planes tienen la ventaja que se pueden aprobar una y otra vez, y así obtener una mayor rentabilidad política. Además, no precisan concretarse en el Boletín Oficial del Estado, con lo que pueden ser etéreos y por consiguiente irrebatibles.

El Partido Popular está vendiendo a diestro y siniestro su flamante plan sobre la protección a la familia. Hay que reconocer que la familia ha sido siempre una institución muy querida de la derecha española. No obstante, España se encuentra a una gran distancia del resto de los países europeos en la cuantía de recursos públicos dedicados a la protección familiar: tan sólo el 0,4% del PIB frente al 2,2% a que asciende, como media, en la Unión Europea. Bien es verdad que tal desfase no es propiedad exclusiva de este concepto, más bien se puede aplicar a todas las partidas del gasto social.

El plan que ahora presenta el Gobierno dista mucho de corregir tamaña situación. Aún cuando las medidas están sin concretar, y todo se reduce a vagas promesas, se vislumbra que va a incidir en la misma orientación errónea que hasta ahora ha venido rigiendo esta materia. La cicatería aplicada a la hora de determinar las prestaciones sociales, contrasta con la liberalidad con que se fijan las exenciones fiscales para este mismo objetivo.

Alguien podría afirmar que resulta indiferente el modo utilizado para proteger socialmente a la familia. ¿Acaso no da igual que la ayuda se canalice mediante subvenciones o a través de deducciones o exenciones fiscales en el impuesto sobre la renta? Pues no, la diferencia es notoria. Al ser el IRPF un impuesto progresivo, las exenciones y desgravaciones fiscales tienen un carácter regresivo, normalmente se termina ayudando en mayor medida a los contribuyentes de rentas altas.

La situación actual es sin duda paradójica. Mientras una familia con dos hijos y recursos anuales inferiores a 1.288.653 (por encima de esta cantidad no se cobra prestación alguna) recibe de la seguridad social una ayuda anual que no llega a las 100.000 pesetas, otra familia también con dos hijos e ingresos superiores a once millones deduciría fiscalmente por este concepto casi 230.000 pesetas.

La mayoría de las medidas anunciadas por el Gobierno apuntan en la misma dirección: mayores deducciones fiscales, y por supuesto rebajas en las cotizaciones sociales de los empresarios. El plan se reduce a mucho ruido y pocas nueces. Ningún gobierno, ni éste, ni los anteriores, puede vanagloriarse de sus actuaciones en pro de la protección familiar. Es lamentable que España no haya ratificado dos instrumentos internacionales tan básicos como son el Código Europeo de Seguridad Social (revisado), que establece como cifra mínima destinada a la protección familiar el 1,5% del PIB, y la parte correspondiente a protección familiar del Convenio 102 de la OIT que supondría probablemente un gasto similar.