Botín en el banquillo

La Audiencia Nacional ha autorizado abrir juicio oral contra el presidente del Banco Santander Central Hispano, Emilio Botín, y contra otros ex directivos por los presuntos delitos cometidos con las cesiones de crédito realizadas en 1989. Este suceso constituye tan sólo un episodio más de la trayectoria escandalosa de nuestro sistema fiscal. De una manera o de otra, siempre se ha evitado que tributen las rentas de capital.

En 1977, con la llegada de la democracia, se produce un clamor popular a favor de la necesidad de una reforma fiscal. Una de las primeras medidas tomadas fue la de levantar el secreto bancario para hacer transparentes las rentas de capital y conocer a través de las cuentas corrientes la existencia de ingresos no declarados. La ofensiva en contra de esta medida no se hizo esperar. La AEB, con el argumento de que se violaba la confidencialidad de los clientes, se opuso desde el principio y recurrió a los tribunales. El Supremo terminó dando la razón al Ministerio de Hacienda, pero para entonces ya habían pasado seis largos años, durante los cuales el dinero negro permaneció en una total impunidad.

En 1982, cuando el PSOE llega al poder, ante el elevado volumen que alcanza el fraude, uno de los primeros objetivos de la Hacienda Pública consiste en hacer tributar a las rentas de capital para lo que se comienza a elaborar una ley denominada más tarde de activos financieros. Inicialmente, su finalidad es más bien modesta. Se intenta únicamente hacer efectiva, con una nueva redacción más estricta y menos ambigua, la obligación del levantamiento del secreto bancario que, tal como se ha señalado, aparecía ya en las medidas urgentes de 1977 pero que no se aplicaba por estar recurrida ante los tribunales.

Ahora bien, pronto se advierte la inutilidad de hacer transparentes determinados activos, como los depósitos bancarios, si se mantienen opacos los demás. Tan sólo se lograría distorsionar el mercado y propiciar la creación de nuevas formas de activos financieros para ocultar el dinero, lo que ya venía sucediendo, dado que, ante la posibilidad de que el poder judicial terminase dando la razón a Hacienda -como así ocurrió-, las entidades bancarias habían ido creando toda clase de nuevos activos con intereses implícitos que recibía también el nombre de “al tirón” o “al descuento”, cuyo listado de retenciones difícilmente podría ser exigido por el fisco, al no estar sometidos a la obligación de retener. Se imponía por tanto, una concepción de la ley mucho más amplia y ambiciosa, que hiciese fiscalmente transparente todo el sistema financiero y que no permitiese ningún escondrijo para el dinero negro.

Pocas leyes fueron objeto de tantas presiones en su elaboración como ésta. Los bancos y las entidades financieras, con el Banco de España a la cabeza, amenazaron con la huida generalizada de capitales. Ante tal peligro, se optó por la gradualidad. Se concedió al dinero negro un refugio provisional -los pagarés del Tesoro-, pero sólo provisional, porque el Estado se reservaba el monopolio de su emisión, con lo que podía ir reduciendo progresivamente la cantidad de estos activos en circulación por el simple mecanismo de renovar a su vencimiento únicamente el número que considerase adecuado. A su vez, se les sometía a una tributación indirecta, porque al ser la demanda superior a la oferta el tipo de interés estaría penalizado, es decir, sería inferior al de otros activos similares.

Las entidades financieras nunca estuvieron de acuerdo con esta ley. La gran mayoría, sin embargo, se resignó. Otras, por el contrario, como el Santander, acudieron directamente a instrumentos más o menos ingeniosos para ofrecer a sus clientes la forma de defraudar. Las cesiones de crédito practicadas en 1989 por el Banco Santander y que van a sentar en el banquillo a Botín y a otros varios ejecutivos fueron claramente un subterfugio para burlar la ley y permitir de nuevo que las rentas de capital no tributasen. Es verdad también que la Administración tributaria no estuvo ágil en este asunto, debido tal vez a los poderes a los que se enfrentaba.

Después de este affaire las rentas de capital han continuado sin tributar, pero ya no necesitan cometer fraude; en primer lugar porque en 1991 se concedió una amnistía fiscal al dinero negro, y también porque a partir de ese año y especialmente con las posteriores reformas acometidas por los gobiernos del PP, las rentas de capital, a través de las plusvalías, gozan de una fiscalidad privilegiada.

A lo largo de toda esta dilatada época, las oligarquías financieras han conseguido su objetivo: evitar que los ingresos financieros tributen; la mayoría de las veces presionando al poder político, pero cuando ha sido necesario y no tenían otro remedio, bordeando también, como con la cesión de créditos, la legalidad.

Que alguien con el poder de Botín pueda sentarse en el banquillo muestra que nuestro sistema judicial no está totalmente bloqueado. No obstante, una cosa es que se siente en el banquillo y otra que sea condenado. Salvo en raras ocasiones, los delitos económicos han quedado siempre impunes, y mucho más aún los delitos fiscales. En este caso concreto se dan ya elementos preocupantes. Por ejemplo, que tanto el fiscal como el abogado del Estado hayan solicitado el sobreseimiento. Extraña resulta la postura de la Fiscalía, pero puede acogerse a que su función es defender la legalidad y ésta siempre es susceptible de interpretación. Lo que difícilmente puede justificarse es la actitud de la abogacía del Estado, puesto que su finalidad es defender los intereses del Estado, es decir, los de la Hacienda Pública.

Alarmante resulta también que estemos dispuestos a exigir la dimisión de cualquier politiquillo cuando es procesado y, sin embargo, asumamos con total tranquilidad que en iguales circunstancias el presidente del mayor banco del país no tenga que hacerlo, cuando su poder y los intereses de terceros que gestiona son bastante mayores que los de muchos ministros. ¿Por qué aplicamos distintos criterios al sector público y a lo que llamamos sector privado, que a menudo maneja más intereses públicos que el propio Estado?